Hemos presentado comentarios al Anteproyecto de Ley de medidas urgentes para el impulso de la actividad económica y la modernización de la administración de la Comunidad de Madrid

Las modificaciones en la legislación ambiental son casi en su totalidad para desregularizar y reducir los niveles de protección del medio natural

Solicitamos que se amplíe el plazo de consulta y que se retiren todas las modificaciones sobre medio ambiente y sobre urbanismo

Ante el anuncio del trámite de audiencia e información públicas del Anteproyecto de Ley de medidas urgentes para el impulso de la actividad económica y la modernización de la administración de la Comunidad de Madrid, SEO/BirdLife ha presentado comentarios y solicitan que se eliminen las modificaciones que afectan al medio ambiente y a urbanismo, a la vez que se demanda que se amplíe el plazo de consulta, totalmente insuficiente para una valoración completa del texto.

Ponemos de manifiesto que el Anteproyecto modifica 33 leyes y 5 decretos legislativos o decretos vigentes en la Comunidad de Madrid, además incluye 15 disposiciones. La nueva normativa afecta a muy diversos ámbitos como la ordenación territorial y el urbanismo, la protección de la naturaleza, la ordenación de los transportes urbanos y de las carreteras y numerosas cuestiones administrativas como servicios de prevención, extinción de incendios y salvamentos, o las condiciones de los agentes forestales. La organización destaca que las modificaciones en la legislación ambiental son casi en su totalidad  para desregularizar y reducir los niveles de protección del medio natural.

Además, criticamos que lo han sacado por la vía de urgencia dando solamente siete días para poder contestar, poniéndolo a información pública el 23 de diciembre cuando el consejero firmó la orden de urgencia el 11 de noviembre y hubiera sido posible por tanto un mes de exposición pública.

Valoración general del anteproyecto

El Título III modifica ocho leyes, incluidas las de los tres parques regionales, la Ley 2/91 de protección y regulación de la Fauna y Flora Silvestres, la Ley 16/95 Forestal y de Protección de la Naturaleza, la Ley 8/1995 de Vías Pecuarias, la Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental y la de Medidas Fiscales y Administrativas de 2014. El anteproyecto, en esta materia, supone:

  • Un retroceso en materia de protección de espacios protegidos y de garantías frente a la urbanización en suelo no urbanizable de especial protección.
  • Eliminar los procedimientos reglados para aprobar los Planes Rectores de Uso y Gestión que aseguran la participación de los patronatos y del público en general.
  • Eliminar la periodicidad de las revisiones de los Planes Rectores de Uso y Gestión en contra de lo que indica la legislación básica estatal.
  • Abrir las zonas de mayor protección de los parques regionales a la caza y pesca deportivas, sin más requisito y justificación que un plan cinegético.
  • Permitir en las zonas de máxima protección de los parques regionales los tratamientos y aprovechamientos forestales con una mera declaración responsable.
  • Permitir la ocupación por parte de terceros de hasta 75 años de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid.
  • La ocupación de las vías pecuarias con estructuras desmontables con una simple declaración responsable.
  • La eliminación de la necesidad de evaluación de impacto ambiental para las industrias de aguas y bebidas no alcohólicas

El Título II modifica la Ley 9/1995 de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo y la Ley 9/2001del Suelo de la Comunidad de Madrid. El anteproyecto, en esta materia, supone:

  • Abrir la posibilidad de declarar Actuaciones de Interés Regional a prácticamente cualquier proyecto público o privado que pueda tener un impacto territorial.
  • Eliminar la limitación de estos instrumentos a razones de urgencia o excepcional interés público, así como a la necesidad de que las actuaciones sean de utilidad pública y de interés social.
  • Abrir estos proyectos prácticamente a la discrecionalidad del gobierno de la región y a cualquier tipo de suelo, incluido el suelo no urbanizable de especial protección.
  • Permitir a inversores privados, que consigan la declaración de Proyecto de Alcance Regional por parte del Consejo de Gobierno, la posibilidad de llevar a cabo proyectos, aunque no sean los titulares del suelo, al otorgarle la mera declaración los derechos de expropiación, suponiendo esto un claro ataque al derecho de propiedad.
  • Renunciar a que haya cualquier tipo de planificación territorial en la Comunidad de Madrid
  • Permitir rehabilitar, y excepcionalmente ampliar, edificios fuera de ordenación independientemente de su valor arquitectónico en suelo no urbanizables de protección.
  • Permitir el aumento de edificabilidad sin aumento de superficies de zonas verdes (y otro tipo de superficies dotacionales), lo que irá en perjuicio del acceso de las personas a la naturaleza

SEO/BirdLife considera que este anteproyecto resulta una propuesta extremadamente negativa para las garantías de protección del medio ambiente. El Gobierno de la Comunidad de Madrid debería hacer una revisión profunda del mismo antes de trasladarlo a la Asamblea de Madrid. Igualmente reitera la disconformidad con una tramitación de urgencia, injustificada y en periodo vacacional, de un proyecto de tal alcance, lo que podría ir contra de las garantías de participación pública en materia ambiental.

 

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