La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Madrid pretende conceder autorizaciones excepcionales para capturar aves cantoras.

A mediados de julio termina el plazo dado por la Comisión Europea para que España cumpla con la Directiva de Aves.

Si el Gobierno de España y las comunidades autónomas continúan autorizándolas situaría al Estado a las puertas del Tribunal de Justicia de la UE.

El pasado mes de mayo el Gobierno de España recibía una nueva advertencia de la Comisión Europea sobre la captura de fringílidos. A través de un Dictamen Motivado, desde Europa se daba un plazo de dos meses a España para que diera fin a esta práctica contraria a las Directivas europeas.

Antes de que termine el plazo, la Comunidad de Madrid ha manifestado que permitirá la concesión de autorizaciones excepcionales para la captura de estas aves.  Así, pretende autorizar la captura de miles de ejemplares de verderón común, jilguero y pardillo, con lo que una vez más España podría enfrentarse a duras sanciones por incumplimiento de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres.

Tal y como se indica en el Dictamen Motivado:

el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al artículo 5, letras a) y e), y el artículo 8, apartado 1, en relación con el anexo IV, letra a), leídos conjuntamente con el artículo 9, apartado 1, letra c), de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 258, párrafo primero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión invita al Reino de España a que adopte las medidas requeridas para ajustarse al presente dictamen motivado en un plazo de dos meses a partir de la recepción del mismo”.

Además, dice concretamente de la Comunidad de Madrid: Madrid no ha podido acreditar que no exista coincidencia entre las fechas que han autorizado para la captura y el periodo de reproducción de las especies, lo que también podría vulnerar la legislación europea y nacional. Es evidente, por tanto, que Madrid no está progresando hacia el establecimiento de una población viable para la cría en cautividad, como se propugna en las Directrices técnicas.

Aunque Madrid argumenta en su respuesta de noviembre de 2015 y en la respuesta a la carta de emplazamiento que no permite la captura de fringílidos durante su periodo de reproducción, no ha presentado ninguna aclaración sobre el periodo exacto en que se conceden las autorizaciones. Puesto que uno de los periodos de captura es durante el verano, parece que coincide parcialmente con el periodo reproductivo, a la luz de las recomendaciones de las Directrices técnicas. Madrid no ha hecho más precisiones ni ha refutado este hecho”.

Desde SEO/BirdLife subrayan la necesidad de que la Comunidad de Madrid se replantee la situación para no llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. “Todavía pueden rectificar y cumplir con la normativa europea y dar un paso hacia delante en el modelo de conservación del patrimonio natural”, afirma Nicolás López, responsable del Programa de Conservación de Especies Amenazadas de SEO/BirdLife.

La ONG ha mantenido siempre que hay una alternativa posible con la cría en cautividad y así también lo reconocía el propio Dictamen que además apuntaba al aval del propio Comité Científico del MAPAMA que indicaba: “La reproducción en cautividad de las aves fringílidas que se utilizan en silvestrismo no sólo es factible sino que además está ya muy extendida”.

Y referente a los cupos que hay establecidos para el periodo 2012-2018, el Dictamen lo recogía advirtiendo que a pesar de que las autoridades españolas reconocen que la cría en cautividad constituye una solución alternativa a la captura de fringílidos, y que los datos del dictamen del Comité Científico español son claros sobre su viabilidad, la Comisión recuerda que “los cupos máximos de captura fijados para el período 2012-2018 destinados a ese fin no se han basado en recomendaciones científicas y no han tenido en cuenta la población cautiva existente”.

 

 

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