40 organizaciones europeas han enviado una carta a la Comisión Europea para que se garantice que, en el desarrollo del reglamento europeo sobre deforestación (EUDR), la clasificación de los países refleja objetivamente los riesgos reales para los derechos humanos y el medio ambiente, y no se base en intereses políticos o comerciales.
El Reglamento de la UE sobre Deforestación (EUDR) establece la creación de una metodología para clasificar los países según su nivel de riesgo en materia de derechos humanos, ilegalidad, degradación forestal y deforestación. La clasificación no es una mera etiqueta: en virtud del EUDR, las empresas pueden realizar una diligencia debida simplificada a los productos procedentes de fuentes de «bajo riesgo». En la práctica, esto significa que tanto las empresas como las autoridades competentes examinarán con menos atención los productos procedentes de esas zonas.
A las organizaciones firmantes les preocupa que la Comisión haya reiterado en varias ocasiones que la mayoría de los países serían calificados como de bajo riesgo y que algunos representantes hayan sugerido que sólo los países sometidos a algún tipo de sanción de la ONU serían etiquetados como orígenes de «alto riesgo» para los productos regulados por este reglamento. Esto no solo pone en entredicho la objetividad del proceso, sino que reduce los controles y deja vía libre a la comercialización de productos vinculados a la deforestación y a graves vulneraciones de derechos humanos.
Por ello, las organizaciones de la Alianza Cero Deforestación y otras a nivel europeo han enviado una carta a los comisarios Teresa Ribera, Kaja Kallas, Jessika Roswall, Jozef Síkela y Maroš Šefčovič, instando a que la metodología de clasificación de países prevista en el EUDR refleje los riesgos reales. Concretamente, las organizaciones demandan a la Comisión Europea que:
• Se consideren las violaciones de los derechos humanos y los riesgos de ilegalidad desde el principio para todos los países, en consonancia con las letras c) y d) del apartado 4 del artículo 29, incluidos los países con bajas tasas de deforestación o degradación forestal.
• No se utilicen las sanciones de la ONU como criterio principal o único para determinar si un país o partes del mismo son de alto riesgo.
• Se considere la degradación forestal junto con la deforestación, lo que es coherente con el texto del reglamento.
• Se tengan en cuenta las tendencias de producción de todas las materias primas en el marco del EUDR.
• No se caractericen indebidamente los acuerdos comerciales como neutralizadores de riesgos de deforestación, ilegalidad y violación de derechos.
A su vez, las organizaciones integrantes de la Alianza Cero Deforestación, entre las que se encuentra Amigas de la Tierra, Ecologistas en Acción, Greenpeace, SEO/BirdLife y WWF, exigen al Gobierno español que solo acepte una metodología que permita una clasificación de los países basada en criterios objetivos que reflejen los riesgos reales de vulneración de derechos humanos, de degradación forestal y deforestación.
El EUDR representa un hito histórico en la lucha contra la deforestación, pero su aplicación estaría condenada al fracaso si la clasificación de países según su nivel de riesgo no se basa en criterios objetivos, sino en intereses políticos o comerciales.