El Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Mapama) acaba de cerrar el periodo de consulta pública de la Instrucción Técnica para elaborar los planes especiales de sequía.

SEO/BirdLife critica que con estas instrucciones el Mapama renuncia a cumplir la normativa europea en materia de aguas, y pretende gestionar la escasez (momento en el que las demandas superan la disponibilidad del recurso) y las sequías ordinarias como si ambas cuestiones fueran excepcionales e imprevisibles.

La entidad recuerda que los planes hidrológicos, denunciados por decenas de colectivos sociales y ambientales y bajo la lupa de la Comisión Europea, son los documentos que deberían dar solución a la escasez de agua, adaptando las demandas a la disponibilidad del recurso.

 

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SEO/BirdLife ha presentado alegaciones al borrador del documento que debería servir para sentar las bases de la elaboración de los planes de sequía1, planes que ahora se encuentran en consulta pública. En la documentación aportada se alerta tanto sobre el procedimiento como sobre el propio contenido de dicho documento.

 

En primer lugar, la ONG considera inadmisible que el Mapama publique una Instrucción Técnica para elaborar planes de sequía no exigible a los actuales planes en borrador. De esta manera, si este procedimiento se mantuviera en los términos actuales, la Instrucción Técnica publicada ahora no tendría ninguna utilidad legal hasta 2022, como mínimo, año en que deberían actualizarse los planes de sequía tras la revisión de los planes hidrológicos.

 

Respecto al contenido de la Instrucción Técnica, SEO/BirdLife resume este documento como una renuncia a abordar, desde la planificación hidrológica ordinaria y obligada por la Directiva Marco del Agua (DMA), los problemas derivados por la sobreexplotación del recurso hídrico. De esta manera, el Mapama asume que los programas de medidas de los planes de cuenca no incluyeron las medidas establecidas por la DMA, especialmente respecto a gestionar la escasez y asumir las sequías ordinarias (no prolongadas). Una situación que empuja a la política de aguas a acudir, en condiciones hidrológicas normales, a la puerta de la excepcionalidad de la DMA, incumpliendo así la propia normativa europea, al mantener una constante justificación de la reducción de las exigencias en materia de objetivos medioambientales.

 

Sequía 2

 

De esta manera, la entidad entiende que se pretenden gestionar las situaciones de “escasez”, tanto en situación de normalidad como derivada de una sequía ordinaria, de forma  paralela y externa a los propios planes de cuenca, contraviniendo lo establecido por la Directiva Marco del Agua para la planificación hidrológica y, por ende, contrariando el derecho comunitario.

 

Otra debilidad detectada es el escaso solapamiento espacial (y temporal) entre las unidades territoriales consideradas para valorar los efectos de las sequías prolongadas y las unidades territoriales utilizadas para definir los efectos de la escasez. Una situación que imposibilitará la coherencia, compatibilidad, transparencia y seguimiento y control de las medidas aplicables y sus efectos ambientales y socioeconómicos de los episodios de sequías prolongadas.

 

Finalmente, SEO/BirdLife considera inaceptable que se presente la evaluación ambiental estratégica de los planes de sequía en base al procedimiento «simplificado», dados los significativos efectos ambientales que podrían tener estos planes sobre los espacios de la Red Natura 2000 que dependen del agua, los humedales Ramsar, las Reservas Naturales fluviales, y los hábitats y especies de interés comunitario presentes en los ecosistemas acuáticos y terrestres vinculados a todas las masas de agua de las cuencas.

 

1 Documento: Borrador de la Orden por la que se aprueba la Instrucción Técnica para la elaboración de los planes especiales de sequía y la definición del sistema global de indicadores de sequía prolongada y escasez

 

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