La Ley de Cambio Climático necesita un Comité de Expertos sólido e independiente
Una ley #ParaAnteayer
Sin un Comité de Expertos serio, riguroso, independiente, basado en la ciencia, sólido, que sea escuchado y con una partida económica suficiente para desempeñar su función de asesoramiento y vigilancia, la futura Ley de Cambio Climático y Transición Energética -que ahora se debate en el Parlamento español- no será la que se merece este país.
Por eso, aunque el borrador, en su artículo 33, ya recoge la creación de un Comité de Expertos de Cambio Climático y Transición Energética, SEO/BirdLife -junto con otras ONG, además de más de 400 científicos- considera la necesidad de atarlo mucho más, sin que haya que recurrir posteriormente a un reglamento. Así lo ha hecho constar en las enmiendas presentadas a la ley.
¿Qué dice el Proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética?
Se crea el Comité de Expertos de Cambio Climático y Transición Energética como órgano responsable de evaluar y hacer recomendaciones sobre las políticas y medidas de energía y cambio climático, incluidas las normativas. A tal fin, elaborará anualmente un informe que será remitido al Congreso de los Diputados y sometido a debate en el mismo, con la participación del Gobierno.
El Comité de Expertos de Cambio Climático y Transición Energética desarrollará su actividad con plena autonomía respecto de la Administración General del Estado y su composición será paritaria en mujeres y hombres. Reglamentariamente se determinará su composición, organización y funcionamiento.
¿Qué propone SEO/BirdLife en sus enmiendas?
SEO/BirdLife está de acuerdo con la esencia del texto propuesto pero considera necesario añadir:
1- El Comité hará público un informe anual propio sobre la consecución de objetivos, adecuación a las indicaciones científicas y propuesta de medidas concretas, que deberán ser evaluadas por el Gobierno para incrementar los esfuerzos frente a la emergencia climática. Además, los principales informes, acciones y decisiones del Gobierno serán enviados previamente a este Comité parar recoger su opinión y el Gobierno deberá justificar su acción definitiva, contestando a las observaciones del Comité.
2- El Gobierno publicará su respuesta a cada informe, dictamen o carta del Comité de Expertos de forma motivada, al menos 15 días naturales previos al debate posterior en el Congreso de los Diputados
3-El Comité será un órgano independiente, adscrito al ministerio competente en materia de políticas de cambio climático y energía, formado por expertos de reconocido prestigio, obligados a actuar de forma independiente.
4-El Comité tendrá un presupuesto propio; el necesario para el adecuado desarrollo de sus funciones.
5-Los miembros del Comité serán nombrados, a propuesta del Gobierno por mayoría de al menos tres quintos en el Congreso de los Diputados